Dando cumplimiento a la Resolución 1881 del 03 de agosto de 2021, la Caja de Compensación Familiar del Tolima, ComfaTolima, se permite informar a las empresas que vinculen trabajadores que ostenten la calidad de veteranos de la fuerza pública que podrán acogerse a los beneficios de no pago al sistema de compensación por dos años, entre otros.
Se entiende por veteranos de la fuerza pública a los todos los miembros de la Fuerza Pública con asignación de retiro, pensionados por invalidez y quienes ostenten la distinción de reservista de honor. También son Veteranos todos aquellos que hayan participado en nombre de la República de Colombia en conflictos internacionales. Así como, aquellos miembros de la Fuerza Pública que sean víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo.
Los afiliados por este mecanismo tendrán derecho a los servicios sociales de las Cajas de Compensación referentes a turismo, recreación y capacitación. Durante los dos (2) primeros años de vinculación, el empleador no tendrá que pagar aportes del 4% con destino a Subsidio Familiar.
Únicamente aplica para personal nuevo, donde no se puede interpretar como trabajadores nuevos aquellos que se vinculen luego de una fusión, adquisición, alianza y/o escisión de empresas.
Para conocer más beneficios Conoce la circular 05 aquí.
Informes: 608-2708181 Ext. 301-304.
Email: subsidio@comfatolima.com.co